Inmigración · 14 de septiembre de 2026
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó el 17 de julio de 2026 una regla final que elimina el llamado «duration of status» (duración del estatus) para los estudiantes académicos con visa F, los visitantes de intercambio con visa J y los representantes de medios extranjeros con visa I. La norma entra en vigor el 15 de septiembre y reemplaza el periodo de admisión abierto, ligado a la duración del programa, por periodos fijos y limitados en el tiempo, junto con un proceso formal para solicitar una extensión de estadía.
El cambio más importante es que la admisión de un estudiante con visa F-1 se limitará a un máximo de cuatro años, o al tiempo del programa de estudios que aparece en el formulario I-20 (o el DS-2019 para quienes tienen visa J), sin exceder ese tope, más un periodo de 30 días para salir del país. Quien desee permanecer más allá de ese plazo deberá pedir una extensión ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).
La regla también acorta el periodo de gracia de los estudiantes F-1, que pasa de 60 a 30 días, para alinearlo con la visa J-1. Ese ajuste afecta los tiempos para salir del país, transferirse de escuela, cambiar de estatus o de nivel de estudios y realizar el entrenamiento práctico (OPT). Especialistas en inmigración la describen como uno de los cambios estructurales más grandes a estas categorías de visa en décadas.
Universidades de todo el país han comenzado a orientar a sus estudiantes internacionales para que revisen la fecha de vencimiento de su admisión y planifiquen con tiempo cualquier trámite de extensión, ya que los retrasos podrían complicar la permanencia legal o la posibilidad de trabajar bajo OPT.
La medida toca de cerca a muchas familias latinas, pues un número importante de estudiantes de América Latina cursa estudios en Estados Unidos con estas visas, y algunos jóvenes de la comunidad podrían ver afectados sus planes académicos o laborales. Ante cualquier duda sobre cómo aplica la nueva regla a un caso particular, conviene consultar a un abogado de inmigración o a una organización acreditada antes de tomar decisiones.
Información de carácter informativo recopilada de fuentes públicas. No constituye asesoría legal; para su situación particular consulte a un abogado de inmigración o a una organización acreditada. Fuente: Duane Morris LLP.



